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Artículo 1 ° APRUEBA NORMAS DE DIVERSIFICACION

Aprobar las normas relativas a los criterios de diversificación de las inversiones que se realicen con recursos de los fondos mutuos de inversión en valores, las mismas que se encuentran contenidas en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2 ° APRUEBA LAS NORMAS APLICABLES A LAS INVERSIONES EN INSTRUMENTOS FINANCIEROS U OPERACIONES QUE CONSTITUYAN DEUDAS O PASIVOS DE ESTADOS, BANCOS CENTRALES U ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES

aprobar las normas aplicables a las inversiones en instrumentos financieros u operaciones que constituyan deudas o pasivos de estados, bancos centrales u organismos financieros internacionales de los que el Perú sea miembro; así como las fuentes de información para la determinación de las cotizaciones o precios de los instrumentos negociados en el exterior, las mismas que se encuentran contenidas en el Anexo 02 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3 ° DEROGACION

Derogar las disposiciones que se opongan a la presente resolución.

Artículo 4 ° VIGENCIA

La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.


ANEXO(S):

Criterios de Diversificación

CONDICIONES PARA LA INVERSIÓN EN INSTRUMENTOS U OPERACIONES QUE CONSTITUYAN DEUDAS O PASIVOS DE ESTADOS, BANCOS CENTRALES U ORGANISMOS INTERNACIONALES ASÍ COMO FUENTES DE INFORMACIÓN DE INSTRUMENTOS NEGOCIADOS EN EL EXTERIOR





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